Definición Español:
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Personas que por diferentes razones o circunstancias han sido obligadas a dejar sus casas. Puede que vivam o no en sus países de origen, pero no se les considera legalmente como refugiados (Material II - IDNDR, 1992). Refiérese a personas forzadas a reinstalarse en zonas más seguras dentro de su propia comunidad domiciliar en situaciones de calamidades naturales o causadas por el hombre (Repidisca/CEPIS)
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